Terreta Spain, actualizado en mayo de 2026
Es oficial desde el 1 de junio de 2026: el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), el principal impuesto que grava la compra de una vivienda de segunda mano en España, ha pasado del 10 % al 9 % en la Comunidad Valenciana. Una medida derivada de la Ley 5/2025, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana el 31 de mayo de 2025, aplicable a todas las operaciones formalizadas a partir del 1 de junio de 2026.
En resumen: si firmas ante notario a partir del 1 de junio de 2026, te ahorras un punto porcentual en tu compra.
- En una vivienda de 300 000 €, son 3 000 € menos.
- En una vivienda de 500 000 €, son 5 000 €.
No es un dato desdeñable en un contexto en el que los gastos de compra representan, de media, entre el 10 % y el 13 % del precio del inmueble.
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¿Qué es la ITP?
El ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) es un impuesto regional español que se aplica a la compra de un inmueble de segunda mano, es decir, un inmueble que ya ha tenido un propietario. El deudor del impuesto es el pagador, es decir, el comprador.
Puntos clave que hay que recordar:
- El ITP solo se aplica a los bienes de segunda mano. En el caso de los bienes nuevos, se aplica el IVA: un 10 % en la mayoría de los casos.
- El ITP es un impuesto regional: cada comunidad autónoma fija su propio tipo impositivo. Por eso varía entre el 6 % y el 13 %, dependiendo de la región.
- Se calcula sobre el precio de venta o el valor de referencia catastral (valor de referencia del Catastro), si este es superior al precio declarado.
- Debe abonarse en un plazo de 30 días laborables a partir de la firma de la escritura de compraventa ante notario.
La reducción del ITP en Valencia: lo que establece la nueva ley
La Ley 5/2025 de medidas fiscales de la Generalitat Valenciana, publicada el 31 de mayo de 2025, ha modificado la tabla de tipos del ITP en la Comunidad Valenciana con efecto a partir del 1 de junio de 2026.
La nueva tabla de tarifas valenciana
- Para los bienes cuyo valor no supere el millón de euros, el ITP pasa del 10 % al 9 %.
- En el caso de los bienes cuyo valor supere el millón de euros, el ITP se mantiene sin cambios: 11 %.
La AJD también ha bajado
El AJD (Actos Jurídicos Documentados), que se aplica a las escrituras notariales, especialmente en las compras con crédito hipotecario, pasa del 1,5 % al 1,4 % en la Comunidad Valenciana desde el 1 de junio de 2026.
Lo que no cambia
Los tipos reducidos vigentes (vivienda habitual, jóvenes compradores, familias numerosas, personas con discapacidad) siguen en vigor y pueden sustituir al tipo general.

¿Cuánto se ahorra realmente?
En la compra de una vivienda antigua en la Comunidad Valenciana formalizada a partir del 1 de junio de 2026:

Atención, os lo recordamos: a partir de 1 000 000 €: el tipo pasa al 11 %.
Lo que cuenta es la fecha de firma de la escritura pública
Es importante saber que, para beneficiarse de esta reducción, es la fecha de firma de la escritura pública (acto de compraventa ante notario) la que determina qué tipo impositivo se aplica, y no la fecha del depósito de garantía. Si has firmado un compromiso de compraventa antes del 1 de junio, pero la escritura se firma después, te beneficiarás del 9 %.
ITP por región: la tabla completa
El ITP varía considerablemente según la comunidad autónoma española. A continuación se presenta la tabla completa de los tipos generales vigentes en 2026:
| Región ↕ | Tasa general del ITP ↕ | Tipo reducido para la vivienda habitual | AJD ↕ |
|---|
Nota: estos tipos son orientativos y pueden variar. Los tipos reducidos están sujetos a condiciones específicas (ingresos, edad, situación familiar). Consúltalo siempre con un asesor fiscal local antes de firmar.
El mercado inmobiliario valenciano se vuelve aún más competitivo
Con un ITP del 9 %, la Comunidad Valenciana se sitúa en la media baja española, muy por debajo de Cataluña y las Islas Baleares (hasta un 13 %), pero por encima de Madrid (6 %) y Andalucía (7 %).
Para un inversor extranjero que compare varios destinos españoles, Valencia ofrece ahora:
- Un régimen fiscal más competitivo en el momento de la compra;
- Un mercado en fuerte crecimiento;
- Y una rentabilidad por alquiler superior a la media nacional.
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¿Por qué es una buena noticia para los inversores?
La reducción del ITP al 9 % forma parte de una estrategia para aumentar el atractivo de la Comunidad Valenciana para los compradores nacionales e internacionales. En un contexto en el que los precios suben (+17 % entre mayo de 2025 y mayo de 2026, según Idealista), reducir la carga fiscal inicial supone una señal clara.

En resumen, con el mismo presupuesto, desde el 1 de junio de 2026 se compra más o se gastan menos en gastos.
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Preguntas frecuentes
¿Se aplica el ITP también a los aparcamientos y los trasteros?
Sí. El ITP se aplica a todos los inmuebles de segunda mano: pisos, casas, plazas de aparcamiento, trasteros, locales comerciales y terrenos, en transacciones entre particulares. Atención: el tipo impositivo varía en función de la naturaleza del inmueble.
¿Es deducible fiscalmente el ITP?
Para un comprador a título particular: no. Para una SL española que compra un inmueble destinado al alquiler: sí, el ITP forma parte del coste de adquisición y puede incorporarse a la base amortizable. Esta es una de las ventajas de la estructura de la SL para los inversores. Descubre nuestro artículo:«Crear una SL para tus inversiones en España».
¿Qué ocurre si el valor catastral es superior al precio de venta?
La administración tributaria puede calcular el ITP sobre el valor de referencia catastral si este es superior al precio declarado. Desde 2022, el valor de referencia catastral es el que prevalece para la administración. Es posible impugnar este valor en un plazo de 4 años.
¿Se aplica la AJD también a las compras sin préstamo?
El impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) se aplica principalmente cuando se contrata un préstamo hipotecario al mismo tiempo que la compra. En el caso de una compra al contado, el AJD es mínimo o nulo, según las circunstancias.
Para más información:
– Nuestra ficha completa sobre la ITP en España
– Las etapas de la compra de una vivienda en España
– La fiscalidad en la compra de inmuebles en España
– Gastos de compra de una vivienda en España: la guía completa
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Fuentes: Ley 5/2025, Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, 31/05/2025
Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye un asesoramiento fiscal o jurídico personalizado. Los tipos y normas fiscales mencionados son los vigentes en junio de 2026 y están sujetos a cambios. Cada situación debe consultarse con un abogado especializado en derecho fiscal español.




