Si ha comprado una propiedad inmobiliaria en España y está pensando en venderla, debe saber que estará sujeto al impuesto sobre las plusvalías, el Impuesto sobre el Incremento de Patrimonio o la Ganancia patrimonial. Este impuesto se aplica a la diferencia entre el precio de compra y el precio de reventa de su propiedad.
Los tipos impositivos varían en función de la situación fiscal del propietario (residente fiscal o no) y de la duración de la propiedad. Hay casos de exención, sobre todo si reinvierte su dinero en una vivienda habitual en España.
Definición
El impuesto sobre las plusvalías en España tiene dos componentes:
- El impuesto nacional sobre las ganancias patrimoniales (IRPF para los residentes fiscales, IRNR para los no residentes).
- El valor añadido municipal (IIVTNU o plusvalía municipal), que se calcula sobre el valor del terreno en el que está construido el inmueble.
Venda su propiedad en España con Terreta Spain: asesoramiento fiscal y total seguridad.
Para un no residente francófono, la fiscalidad de la reventa en España es un auténtico recorrido de obstáculos, sobre todo debido a los dos impuestos principales que acabamos de mencionar.
En Terreta Spain no nos limitamos a vender su propiedad. También somos su experto dedicado, asegurando su salida del mercado inmobiliario español de principio a fin.
Nuestro objetivo: que su reventa se desarrolle con tranquilidad, con total seguridad jurídica y con una fiscalidad optimizada.
Nuestro servicio de asistencia para la venta de su propiedad en España incluye:
Promoción profesional de la propiedad: reportaje fotográfico cuidado, vídeos comentados, descripción detallada y estudio de rentabilidad personalizado. Terreta Spain promociona cada propiedad para atraer a compradores cualificados y maximizar su potencial en el mercado.
Simulación optimizada de la plusvalía: cálculo preciso de su ganancia neta. Tenemos en cuenta todos los gastos deducibles y las posibles exenciones (que a menudo olvidan los vendedores no residentes) para minimizar legalmente el impuesto a pagar.
Auditoría fiscal y jurídica completa: verificamos la conformidad de su propiedad antes de ponerla a la venta y calculamos el importe de los dos impuestos (IRNR para los no residentes, IRPF para los residentes y Plusvalía) para evitar sorpresas.
Gestión administrativa 100 % en francés: despídase de la burocracia española. Nos encargamos de preparar el Modelo 210 (Declaración IRNR) y de todos los trámites ante la Agencia Tributaria.
Venta estratégica y seguridad de los fondos: asesoramiento sobre la valoración justa de su propiedad, gestión de los plazos notariales y fiscales, y optimización de la transferencia de fondos a su cuenta bancaria, independientemente de dónde se encuentre.
Un único interlocutor francófono para garantizar una comprensión total de cada etapa, desde el mandato de venta hasta la recepción final de los fondos.Descubra nuestro servicio de venta inmobiliaria en España y ponga su propiedad en el mercado con la ayuda de nuestros expertos.
Cálculo del impuesto nacional
Base imponible
Plusvalía neta = precio de venta - (precio de compra + gastos de adquisición + gastos de venta + trabajos justificados)
Tipos impositivos
| Situación fiscal | Tramos impositivos |
| Residentes | Progresivo: 19% (≤6K€), 21% (6-50K€), 23% (50-200K€), 26% (>200K€) |
| No residentes | Tipo fijo: 19% (UE/EEE), 24% (no UE) |
Consejo Terreta: Pulse aquí para acceder a un simulador del IRPF, en su versión original "simulador de ganancias patrimoniales", si es usted residente fiscal español.
Cálculo del valor añadido municipal (IIVTNU)
Dos métodos a elegir
- Método actual: 60% x valor añadido nacional.
- Método objetivo: valor catastral × coeficiente anual × tipo municipal (generalmente 0,9% anual).
Su experto de Terreta Spain realizará el cálculo según el método más favorable para usted: (método real o método objetivo).
Condiciones de pago
Para los residentes :
- Integración en la declaración anual del IRPF.
- Pago antes del 30 de junio del año siguiente.
Para los no residentes:
- Retención a cuenta del 3% deducida por el comprador en el momento de la venta. El objetivo es evitar la fuga de capitales.
- Declaración obligatoria en un plazo de 4 meses mediante el formulario 210.
- Ajuste entre la retención a cuenta y el impuesto real.
La plusvalía municipal la paga el vendedor y el plazo de pago varía según el municipio (generalmente 30 días después de la venta).
Exenciones parciales o totales
| Casos de exención | Residentes | No residentes |
| Venta de la vivienda principal de propietarios mayores de 65 años | Sí | No |
| Reinversión en RP en un plazo de 2 años | Sí | En determinadas condiciones |
| Adquisición antes de 1995 | Sí | Sí |
| Pérdida de capital | Créditos fiscales | Devolución del 3 |
Consejos prácticos para inversores internacionales de los expertos de Terreta España
- Negociar el factor de descuento para las propiedades adquiridas antes de 2015.
- Conserve todas las facturas (obras, gastos de notaría, impuestos) durante 5 años.
- Elegir el mejor método para calcular el valor añadido municipal (realizar simulaciones).
- Considere la posibilidad de cambiar de residencia fiscal 2 años antes de la venta para beneficiarse de las exenciones.
Preguntas frecuentes: Impuesto sobre las ganancias patrimoniales inmobiliarias en España
¿Cuál es la diferencia entre el IRPF/IRNR y la plusvalía municipal?
El IRPF (para residentes) o el IRNR (para no residentes) es el impuesto nacional sobre la ganancia patrimonial obtenida en la venta. La plusvalía municipal (IIVTNU) es un impuesto local que se calcula sobre la revalorización del terreno desde su compra.
¿Cuánto tiempo tengo para declarar mi plusvalía después de la venta?
Los no residentes deben declarar mediante el formulario 210 en los 4 meses siguientes a la venta. Los residentes fiscales lo incluyen en su declaración anual del IRPF (antes del 30 de junio del año siguiente).
¿Puedo recuperar el 3 % retenido por el comprador?
¡Sí! Si el impuesto real calculado es inferior al 3 % recaudado, puede solicitar una devolución a la administración tributaria española. Terreta Spain le ayudará en este trámite.
¿Qué gastos puedo deducir para reducir mi plusvalía imponible?
Puede deducir: el precio de compra inicial, los gastos de notario y registro, los impuestos pagados en el momento de la compra, las obras justificadas mediante facturas y los gastos relacionados con la venta (agencia, notario).
¿Cómo me ayuda la agencia francófona Terreta Spain a vender mi propiedad en España?
Le acompañamos en todos los trámites administrativos y fiscales: simulación de plusvalías, verificación de documentos, declaración fiscal, valoración del inmueble, asesoramiento estratégico y coordinación con el notario y el comprador. Un servicio llave en mano, en francés, inglés o español.
¿Cuáles son los honorarios de Terreta Spain por vender mi piso o mi casa en España?
Nuestros honorarios ascienden al 3 % sin IVA del precio neto de venta.
¿Puedo estar exento del impuesto sobre la plusvalía?
Sí, en algunos casos: si es residente fiscal en España, tiene más de 65 años y vende su vivienda habitual, o si reinvierte en una nueva vivienda habitual en un plazo de dos años (bajo ciertas condiciones).
Maximice sus ganancias netas y asegure su venta
Terreta Spain le acompaña de principio a fin para optimizar su venta, garantizar la seguridad de sus trámites y maximizar sus ganancias netas.
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